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miércoles, 24 de agosto de 2011

Interculturalidad y Administración de Justicia.


Sondeos realizados por entidades especializadas en estudios sobre aprobación o desaprobación de la administración de justicia llegan a la consclusión que los Jueces de Paz, a quienes peyorativamente se les denomina "no letrados", alcanzan picos altos de aprobación respecto de sus pares los Jueces profesionales. Asi es. Los Jueces en ojotas estan mejor vistos que los jueces enternados.
A propósito de esto reproduzco a continuación un artículo, que más parece una cronica, picante, divertido, pero muy reflexivo. Un germen de lo que se viene tratando en eventos sobre interculturalidad y justicia. 


LOS JUECES DE PAZ (MAL LLAMADOS NO LETRADOS) EN EL PERU.
S. Florencio Jara Peña.

Hace mucho tiempo, cuando todavía sorbíamos de las fuentes del derecho oficial y pensábamos, ingenuamente, que la panacea a todos los conflictos sociales era simplemente la aplicación fría de la Ley, realizamos, un amigo y yo, una caminata entre deportiva y turística (ahora le denominan rimbombantemente “turismo de aventura”). Llegamos ya entrada la noche a un pequeño poblado borrado casi por la obscuridad. Por supuesto la población carecía de alojamientos. Aunque llevábamos consigo una carpa para los accidentes atmosféricos u otras eventualidades similares, algunos vecinos notables se ofrecieron a hospedarnos por aquella noche. Mi anfitrión fue el Juez de Paz. Me acomodó en el suelo, con mi bolsa de dormir, en un rincón de una habitación oscura. El trajín de la jornada me ayudo muy pronto a pescar el sueño.
Aún el alba no había despuntado cuando unas voces, una mezcla de rumores en quechua y español, se filtraron en mi somnolienta vigilia. A medida que me despabilaba iba cayendo en la cuenta que aquel Juez de Paz, que calzaba ojotas y se calaba la cabeza con un sombrero de hechura artesanal, me había cedido su despacho judicial para que pasara la noche. Antes de ponerle atención a la conversación, fingiendo aún dormir, reparé en el ambiente. Era una habitación en la que se habían amontonado muchas herramientas agrícolas, aperos de equitación y una variedad de productos de pan llevar. Al medio estaba una pequeña mesa de madera, también de factura artesanal, sobre ella se observaban algunos papeles y varios Libros de Actas, ante la cual se hallaba sentado mi anfitrión oyendo atentamente a dos campesinos, mientras tanto en la puerta de la habitación que daba hacia el patio se observaba un buen número de sus connaturales esperando también ser atendidos, sin inmutarse por mi presencia. Por el lapso de mas de tres horas fui testigo de cómo este singular Juez de Paz ponía fin a una abigarrada gama de conflictos, unas mas curiosas y sui generis que las otras, cuyas soluciones también resultaban además de ingeniosas, inverosímiles. Dentro de mi precaria formación jurídica estuve convencido, aquélla vez, que nuestro personaje había incurrido en Prevaricato, pues muchas de sus soluciones estaban “fuera de su competencia” o simplemente “no aplicaba la Ley” tal como se hallaba redactada, incluso en algún momento reprendió acre y severamente a un campesino que inicialmente se negaba a satisfacer unos daños causados por sus animales, pero lo que me sorprendió mucho más es que al parecer todos abandonaban el despacho judicial satisfechos.
Después de atender sus labores judiciales compartimos su frugal desayuno, ya que sus actividades agropecuarias recién iban a comenzar. Mientras despachábamos el mote con un pedazo de charqui, soasado al carbón de la concha, comencé a interrogarlo, para satisfacer mi desmedido y malsano don de la observación, acerca de su actividad judicial. Me comento que la Corte le había proporcionado algunos libros de actas (para registrar los casos civiles y penales, entre otros), de esto hacía ya cuatro años, pero que hasta ahora no los había utilizado, sus páginas estaban inmaculadas. Tenia quinto año de primaria y esto no le permitía entender la diferencia entre un proceso civil y penal. Esta revelación me dejó frío. Me dije que este señor significaba un enorme peligro para la administración de justicia y había que hacer algo para evitar que esto continuara: que un ignorante resolviera los conflictos de su comunidad. Entonces en mis reflexiones pensé que la mejor solución era designar como Jueces de Paz a estudiantes o Bachilleres en Derecho y no seguir manteniendo al margen de la Ley, en el oscurantismo e ignorancia a estos pobres campesinos. Antes de marcharnos del poblado nos mostró unos papeles judiciales que involucraba a una hija suya dentro de un proceso judicial en la provincia. Sin esperar nuestra opinión simplemente dijo mascando su deficiente castellano: “el Juez de Familia es un cagón”. Ignoro si lo dijo porque aquel magistrado se haya mostrado medroso o simplemente porque cometió un error irreparable (después de todo son acepciones válidas a la palabreja “cagar”) o tal vez porque en aquella ocasión era una frase coloquial utilizada por algunos guías de turismo que ya comenzaban a irrumpir en su comunidad.
Esta anécdota habría quedado enterrada para siempre en el olvido, a no ser por uno de los pasajes del discurso del Presidente del Poder Judicial que avivó las llamas del recuerdo: este año -dijo el doctor Távara- “se promoverá y fortalecerá la justicia de paz” (sic). En numerosas cortes se repitió lo mismo.
No hace mucho en un evento a nivel nacional en el que el tema fundamental eran los Jueces de Paz, alguien, cuyos pergaminos personales lo pintaban como un especialista en esta materia, dijo, con un aplomo que no dejaba lugar a dudas, que los Jueces de Paz son un patrimonio nacional, una institución emblemática, como el cebiche o el pisco peruanos, si caben las comparaciones. Esto no es cierto. La incorporación de los Juzgados de Paz en nuestro sistema judicial se debe a la influencia española. Inicialmente estos órganos fueron creados con la finalidad de desdoblar las funciones de los Alcaldes o Gobernadores, quienes tenían antiguamente facultades judiciales (recuérdese por ejemplo los famosos casos resueltos por Sancho Panza cuando fue ungido Gobernador de la ínsula de Barataria); posteriormente se desvincularían por completo de los municipios. El apelativo de “no letrados” si es una imposición peruana. No existe ninguna norma que le de esta nomenclatura, resulta de una inferencia por descarte: en la Ley Orgánica del Poder Judicial se hacer referencia a los “Juzgados de Paz Letrados” (Art. 54) cuando se define a estos órganos jurisdiccionales profesionales; entonces, se infiere, si los Jueces de Paz son legos, resultan siendo no letrados.
En el Perú los Juzgados de Paz constituyen mas del setenta y cinco por ciento de la judicatura nacional y de acuerdo a los niveles de aprobación superan de lejos la estima de la población respecto de sus homólogos profesionales, ergo deben merecer la atención no solo en los formales y rigurosos discursos de orden. Si embargo colisionan con muchos obstáculos: en primer lugar la legislación que regula el marco normativo de los Juzgados de Paz resulta intrincado, incoherente y confuso, si los profesionales en materia de derecho no logran ponerse de acuerdo, mucho menos se les podrá exigir, dado su carácter popular y lego, a los Jueces de Paz el conocimiento y aplicación de dispositivos aluviónicos, lo único cierto es que en la práctica ha quedado derogado el Reglamento de Jueces de Paz de 1854. De otro lado existe una disposición de ir “formalizando” las funciones de los Jueces de Paz, pero esto no va a resultar posible dada la pluriculturalidad de nuestro país, al menos ese es mi punto de vista, aún cuando hace muchos años atrás, padeciendo una miopía intelectual que limitaba mi razonamiento, califique de ignorante a un Juez de Paz que satisfactoriamente resolvía los conflictos sociales tan solo conciliando la ley con la lógica, el sentido común, la equidad y la benevolencia, cuando este personaje, como sus cientos de pares, aborda el problema de manera integral (no divide el caso formalmente en asuntos civiles, penales, laborales, etcétera), mediante la conciliación resuelve conflictos que no solo escapan de su competencia jurisdiccional sino que incluso son materias “formalmente” no conciliables (razones por las que son muchas veces denunciados) y para dar solución a la controversia utiliza elementos propios de su cosmovisión, sus valoraciones (priorizando la relación hombre-naturaleza) y costumbres de su comunidad (Art. 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). La cuestión de los Juzgados de Paz no pasa únicamente por recordarlos en los actos solemnes, urge su inmediato diagnostico y atención.
Tal vez, si por un momento calzamos sus ojotas y nos embutimos en su pantalón de bayeta, aquel Juez de Paz tenía mucha razón y el Juez de Familia era realmente un cagón.

Abancay, enero del año 2007.

CREDITOS:
La imagen ha sido tomada de acá.



miércoles, 3 de agosto de 2011

Literatura y Justicia.

Las ficciones literarias son muy ricas en el tema de la Justicia, obviamente también de la injusticia; desde el gran libro que es la Biblia, pasando por el inmortal Quijote, hasta, se me ocurre de pronto un último libro que leí hace poco y que podría ser cualquier otro, El caso Arbogast del alemán Thomas Hettche . Los temas recurrentes son los conflictos judiciales.
Algo de esto precisamente trata el artículo que reproduzco literalmente a continuación.


LA JUSTICIA EN LA LITERATURA.
(Solo para lectores).
S. Florencio Jara Peña.

Démosle rienda suelta a la fantasía e imaginemos por un momento, solo en ficción claro, que el gobierno dicte una Ley, por esas cuestiones de la vida que la razón no sabe explicar, sobre todo en el Perú en que se promulgan y derogan leyes con una facilidad pasmosa, en la cual se reduzca a la mitad la pena de todos los sentenciados que purgan prisión en las cárceles del país sin ninguna excepción, de modo que por ejemplo el asesino que estaba condenado a 30 años de prisión tenga que cumplir únicamente 15 años de pena de privación de libertad efectiva, el violador condenado a 25 años ve reducida su sanción a 12 años y medio, y así en cada uno de los casos se tendría que recurrir a una simple operación aritmética para cumplir el mandato legal. Sin embargo esto que aparentemente era muy sencillo de ejecutar, genera sus primeras dificultades cuando los sentenciados a cadena perpetua, entre ellos Abimael Guzmán, solicitan que se aplique la Ley en cuestión, es decir que la cadena perpetua se reduzca en una mitad. A quién se le va a ocurrir que la pena de cadena perpetua pueda tener una mitad. Pero en aplicación del “derecho a la igualdad y la no discriminación”, sigamos fantaseando entonces, existe el deber de atender también estas solicitudes, so pena de que una vez más la comunidad internacional nos considere parias por desacatar derechos humanos internacionalmente reconocidos. No hay un precedente nacional ni internacional de una solicitud tan original como esta, salvo únicamente en los anales literarios: Julio Cesar de Mello e Souza (1895-1974), un escritor brasileño había escrito un libro “El Hombre que Calculaba” con el seudónimo de Malba Tahan. El protagonista era un extraordinario calculista de nombre Beremis Samir, quién en el Capítulo XXII de la novela resolvió un caso similar al que nos plantea nuestra imaginación. La solución ingeniosa no es tan corta como para consignarse en este comentario, pero resta decir que se trata de “una cuestión de pura matemática y de interpretación de la ley al mismo tiempo” (sic), de modo que la mitad de la cadena perpetua, conclusión que al final llega Beremis Samir, es la Libertad Condicional bajo vigilancia de la Ley, que es la única manera de tener detenido y libre a la vez a un hombre (esperemos que de este modo, omitir el proceso de razonamiento, la curiosidad les pique a todos los lectores y puedan leer esta novela). Haciendo a un lado estas digresiones y siguiendo el hilo de nuestra ficción, gracias a la lógica del calculista todos los presos condenados a cadena perpetua, incluso Guzmán, saldrían en libertad mucho antes que los demas. Pero, esto no pertenece a la realidad es imaginación, solo pura ficción.

Así como la historia anterior, la literatura es pródiga en casos en que los protagonistas han sido muy acertados en sus decisiones frente a los conflictos sociales que conocían. Desde Salomon y su famoso caso de las dos mujeres que se disputaban a un recién nacido (literatura religiosa, a despecho de que los hechos realmente hayan ocurrido), tanto que es proverbial hacer uso de la expresión “salomónico” para hacer referencia a una componenda justa, hasta El Mercader de Venecia, drama Shakespeariano en el cual se recrea el fallo justo de Porcia (disfrazada de un sabio jurista) frente a la extravagante pretensión del usurero Shylock de obtener una libra de carne de su deudor Antonio, el mercader de Venecia, al no haber honrado la deuda en el tiempo convenido, despreciando incluso la oferta de recibir tres veces mas de lo prestado: “(...) Un momento no más, exclama a continuación el sabio jurista, el contrato te otorga una libra de su carne, pero ni una gota de su sangre. Tome la carne que es lo que le pertenece; pero, si derramas una gota de sangre, tus bienes serán confiscados conforme a la ley de Venecia (...)”, declaración que hizo desistir de la cruel exigencia contractual.

Hay una historia más que puede citarse en este espacio: la de Sancho Panza cuando fue designado Gobernador de la Insula Barataria.

En el Capítulo LXV de la célebre novela Don Quijote de la Mancha (no por célebre de fácil lectura) del no menos ilustre Miguel de Cervantes Saavedra, se hace Gobernador de la ínsula Barataria al fiel escudero Sancho Panza. No bien iniciada sus funciones se le presentaron algunos conflictos que resolver. Uno de ellos era el de una mujer que presuntamente había sido ultrajada sexualmente, robándosele su castidad que venía custodiándolo, según refiere, con dientes y uñas de moros y cristianos por 23 años, por un hombre a quién a viva fuerza había conducido frente al buen Sancho. El acusado negaba la imputación, como suele ocurrir en estos casos. Afirmaba éste que tenía por oficio la ganadería, la que le dejaba alguna renta, y efectivamente reconocía que habían yacido ambos, por voluntad propia de la moza a quién recompensó lo suficiente. Oídas las versiones nuestro Sancho ordenó que el hombre entregara todo el dinero que traía consigo, veinte ducados, a la mujer. Ésta deshaciéndose en zalamerías agradece al gobernador por su sapiencia, que así miraba por las huérfanas menesterosas y doncellas, retirándose feliz con el dinero. Seguidamente Sancho ordena al varón, quién ya tenía los ojos húmedos por el llanto, que salga tras ella y a como de lugar, incluso haciendo uso de la fuerza si fuera necesario, recupere la bolsa del dinero y vuelva con ella. Al cabo de unos minutos el hombre y la mujer regresan nuevamente donde Sancho, esta vez mas asidos y unidos que la anterior, disputándose en un tira y afloja la bolsa del dinero. El hombre se quejaba de que no había fuerza humana que pudiera recuperar el dinero, al punto que estaba resignándose a perderlo, pues así lo demostraba la mujer que por su parte reclamaba al desvergüenza y osadía del hombre de desacatar el fallo del gobernador. El diálogo que sostiene Sancho antes de llegar a su decisión es también proverbial. Veámoslo cual textualmente lo ha expresado su autor:

“(...) —Y ¿háosla quitado? —preguntó el gobernador.

—¿Cómo quitar? —respondió la mujer—. Antes me dejara yo quitar la vida que me quiten la bolsa. ¡Bonita es la niña! ¡Otros gatos me han de echar a las barbas, que no este desventurado y asqueroso! ¡Tenazas y martillos, mazos y escoplos no serán bastantes a sacármela de las uñas, ni aun garras de leones: antes el ánima de en mitad en mitad de las carnes!

—Ella tiene razón —dijo el hombre—, y yo me doy por rendido y sin fuerzas, y confieso que las mías no son bastantes para quitársela, y déjola.

Entonces el gobernador dijo a la mujer:

—Mostrad, honrada y valiente, esa bolsa.

Ella se la dio luego, y el gobernador se la volvió al hombre, y dijo a la esforzada y no forzada:

—Hermana mía, si el mismo aliento y valor que habéis mostrado para defender esta bolsa le mostrárades, y aun la mitad menos, para defender vuestro cuerpo, las fuerzas de Hércules no os hicieran fuerza. Andad con Dios, y mucho de enhoramala, y no paréis en toda esta ínsula ni en seis leguas a la redonda, so pena de doscientos azotes. ¡Andad luego digo, churrillera, desvergonzada y embaidora! (...)”

En todos estos casos los protagonistas han sabido conciliar el cumplimiento de la ley con la lógica, el sentido común, la equidad y la benevolencia, virtudes que ya no se encuentran en las personas que de una u otra forma contribuimos al sistema de justicia actual (abogando, juzgando, dictaminando o académicamente), pues no somos sino aplicadores fríos del texto de las leyes.
Abancay, noviembre del año 2006.

CREDITOS:
La imagen ha sido tomada de acá: